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¿Podemos reclamar a SEAT y VOLKSWAGEN por el Cártel de coches?

Foto del escritor: Javier RisueñoJavier Risueño

Vamos sumando ya nuevas sentencias en los Juzgados del famoso 'Cártel de coches' y todavía nos queda un sinfín por recibir, sin embargo, hay casos que son especialmente llamativos y que había mucha atención puesta en ver cómo se iba a resolver en los Tribunales. Este es el caso de las demandas interpuestas contra SEAT o VOLKSWAGEN.



El caso de estas marcas de automóviles es llamativo porque pertenecen al mismo grupo empresarial y se acogieron al programa de clemencia, dando el "chivatazo" a la Comisión Nacional de Mercados y Valores sobre lo que estaba ocurriendo para que pudieran iniciar las investigaciones.


El Juzgado de lo Mercantil nº3 de Alicante, en fecha 14 de diciembre de 2022, resolvió mediante Sentencia 372/2022 lo que, en principio, es una situación perjudicial para el cliente y demandante. En ella se resuelve, a grosso modo, lo siguiente:


Por otro lado, tal y como consta en la Resolución de la CNMC de fecha 23 de julio de 2015, la mercantil SEAT, S.A, efectuó el 25 de junio de 2013, una solicitud de clemencia en beneficio de todas sus filiales directas e indirectas y del grupo al que pertenece SEAT, en el que se encuentra la aquí demandada. Ello supuso que Volkswagen confesara la infracción, reconociera los hechos, consintiera y no recurriera la resolución administrativa que devino firme para la misma. Por tanto, no habiendo recurrido tal resolución la demandada la misma, insistimos, devino firme desde su dictado”.


¿Qué quiere decir? Que la acción contra SEAT y VOLKSWAGEN estaría prescrita y no se podría reclamar ante ellos por los daños y perjuicios causados a sus afectados, todo ello derivado de que al acogerse al programa de clemencia, no les condenó la CNMC y no recurrieron esa resolución, por tanto, el plazo para demandar según esta Sentencia ya finalizó, actualmente estaríamos fuera de plazo y la acción habría prescrito.


Todo lo expuesto diferencia del resto de marcas que fueron condenadas por la CNMC y recurrieron la resolución. Precisamente fue este recurso el que nos habilita para reclamar por estar dentro del plazo y no haber prescrito la acción.


¿Qué podemos hacer en caso de tener un SEAT o VOLKSWAGEN? Reclamar a otra marca por la responsabilidad solidaria correspondiente a los responsables de un cártel. Consiste en que se puede reclamar por los perjuicios a cualquier integrante del mismo por lo causado por cualquiera de ellos.


Por el momento se trata simplemente de una Sentencia, no es un criterio unificado y cabe la posibilidad de que otros Juzgados lo puedan entender de forma distinta. Estaremos al tanto de cualquier novedad.


Si estás afectado por la situación, no dudes en contactar con nosotros.

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