Introducción
El Tribunal Supremo, en su sentencia 1250/2024, ha establecido un importante precedente jurídico al reconocer la aplicación directa del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en los despidos disciplinarios en España. Este fallo, derivado de un caso de despido disciplinario en el ámbito de la educación pública, pone en evidencia la prevalencia del derecho internacional en situaciones donde la normativa nacional es insuficiente. A lo largo de este artículo analizamos los puntos clave del fallo, las disposiciones del Convenio 158 y las implicaciones para la legislación laboral española. En un artículo anterior de nuestro blog ya anunciábamos la obligatoriedad de esta Audiencia Previa en un despido disciplinario, ahora analizamos lo que recoge la Sentencia del Alto Tribunal.
Despidos disciplinarios: Sentencia Tribunal Supremo
Contexto del Caso
El litigio se origina en el despido disciplinario de un profesor de una fundación pública de Baleares tras denuncias de acoso por parte de alumnas. El Juzgado de lo Social dictaminó que el despido era procedente. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares revocó esta resolución al considerar que el trabajador no había tenido la oportunidad de ser escuchado antes del despido, como establece el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, ratificado por España en 1985.
La fundación pública, no conforme con esta resolución, interpuso un recurso de casación para la unificación de doctrina. En este contexto, el Tribunal Supremo analizó si la falta de previsión en la legislación española para una audiencia previa podía subsanarse aplicando directamente el Convenio 158.
Extractos Clave de la Sentencia
La sentencia del Tribunal Supremo ofrece fundamentos de gran relevancia jurídica. A continuación, destacamos los fragmentos más importantes:
Sobre la prevalencia del derecho internacional:
"Los tratados internacionales válidamente celebrados y ratificados por España forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno, conforme al artículo 96.1 de la Constitución Española, y tienen primacía en caso de conflicto con las normas nacionales."
Sobre el derecho del trabajador a ser escuchado:
"El artículo 7 del Convenio 158 de la OIT establece que el empleador no podrá dar por terminado el contrato de trabajo de un trabajador sin una causa justificada relacionada con su conducta o desempeño, ni sin haberle dado la posibilidad de defenderse de los cargos imputados."
Sobre el control de convencionalidad:
"Es obligación de los órganos judiciales asegurar que las normas internas se interpreten conforme a los tratados internacionales ratificados por España. Cuando tal interpretación no sea posible, se debe aplicar directamente el tratado internacional."
Sobre la falta de audiencia previa como defecto grave:
"La ausencia de una audiencia previa constituye una irregularidad formal grave que vulnera el derecho del trabajador a la defensa, calificación que lleva necesariamente a declarar el despido como improcedente."
Análisis Jurídico del Fallo
1. Aplicación Directa del Convenio 158 de la OIT
El fallo subraya que el Convenio 158, ratificado por España, tiene fuerza vinculante y debe ser aplicado directamente en aquellos casos donde la legislación nacional no contemple las garantías previstas en el tratado. Esto incluye el derecho del trabajador a ser oído antes de que se adopte la decisión de despido.
2. Deficiencia en el Estatuto de los Trabajadores
El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores regula los despidos disciplinarios, pero no exige expresamente una audiencia previa al trabajador antes de tomar la decisión de despedirlo. El Tribunal Supremo concluye que esta omisión debe ser corregida mediante la aplicación directa del Convenio 158.
3. Principio de Control de Convencionalidad
El Tribunal refuerza el principio de control de convencionalidad, destacando que los jueces tienen el deber de garantizar que las disposiciones nacionales sean compatibles con los tratados internacionales. En caso de conflicto, deben prevalecer las disposiciones del tratado.
Implicaciones de la Sentencia
1. Refuerzo de los Derechos Laborales
El fallo introduce una nueva exigencia para los empleadores, tanto en el sector público como privado: garantizar una audiencia previa antes de un despido disciplinario. Esto aumenta la protección de los trabajadores frente a despidos arbitrarios.
2. Impacto en las Relaciones Laborales Públicas
El caso involucra a una fundación pública, lo que enfatiza que las administraciones públicas deben cumplir con los estándares internacionales de protección laboral. Este precedente podría generar cambios en las políticas de recursos humanos en entidades públicas.
3. Necesidad de Reformas Legislativas
El Tribunal Supremo señala una laguna en el Estatuto de los Trabajadores. Este fallo pone de manifiesto la necesidad de una reforma legislativa que integre las disposiciones del Convenio 158 de manera explícita, evitando que los tribunales deban suplir esta carencia normativa.
4. Precedente para Futuras Controversias
Esta sentencia sienta jurisprudencia aplicable a futuros casos de despidos disciplinarios, estableciendo un estándar más elevado de garantías procesales.
Perspectiva Comparada
En el ámbito internacional, países como Francia e Italia han integrado plenamente el Convenio 158 en sus legislaciones laborales, exigiendo procedimientos previos estrictos antes de cualquier despido. España, aunque ha ratificado el Convenio, aún muestra deficiencias en su implementación legislativa, lo que genera inseguridad jurídica y una mayor carga procesal para los tribunales.
Conclusión
Gran cambio en los despidos disciplinarios: Sentencia Tribunal Supremo representa un paso significativo hacia la armonización del derecho laboral español con los estándares internacionales. Al reconocer la aplicabilidad directa del Convenio 158 de la OIT, se refuerzan los derechos de los trabajadores frente a despidos arbitrarios y se subraya la obligación de los empleadores de respetar procedimientos justos.
En JRM Abogados, somos especialistas en derecho laboral y en la defensa de los derechos de trabajadores y empleadores. Si necesitas asesoramiento sobre cómo esta sentencia puede impactar tus relaciones laborales, no dudes en contactarnos.
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